Proceso y Consideraciones en Iquitos

El derecho al nombre es fundamental en nuestra identidad y reconocimiento social. A lo largo de nuestra vida, el nombre con el que nacemos nos acompaña, pero en ocasiones, ya sea por razones de incomodidad, identificación o representatividad, surge la necesidad de cambiarlo. Este artículo explorará detalladamente el proceso legal para cambiar el nombre de una persona adulta y de un menor en Perú, basado en el Código Civil peruano.
II. El Derecho al Nombre
A. Importancia del Nombre
El nombre es un componente esencial de nuestra identidad. Está compuesto por el prenombre, que se impone, y los apellidos, que se adquieren por filiación y se transmiten generacionalmente (Varsi, 2014, p. 638). Esta combinación es lo que nos individualiza en la sociedad y nos permite ser reconocidos.
B. Principio de Inmutabilidad del Nombre
Según el artículo 19 del Código Civil peruano: “Toda persona tiene el derecho y el deber de llevar un nombre. Este incluye los apellidos”. Este principio subraya la importancia de que cada individuo sea portador de un nombre con el cual se le puedan imputar derechos y obligaciones.
III. Modificación del Nombre en el Código Civil

A. Motivos Justificados para la Modificación del Nombre
El artículo 29 del Código Civil permite la modificación del nombre bajo “motivos justificados”. Estos motivos pueden variar, incluyendo nombres que generen vergüenza por su ridiculez, extravagancia, vulgaridad o irreverencia; para evitar problemas de homonimia; por confusión de género; por agravio a sentimientos religiosos; o por dificultades de pronunciación, entre otros (Cárdenas, 2008, p. 270).
B. Ejemplos de Cambios de Nombre en la Jurisprudencia
1. Casación 1532-2017, Lima
En este caso, se permitió el cambio de nombre de Arcadiona a Kaori debido a los constantes sobrenombres y burlas que la persona sufría desde su infancia, afectando su autoestima y entorno social.
2. Expediente N°00001-2012-0-2301-JP-CI-01
Un juez otorgó el cambio de nombre de un menor llamado Garfield, quien sufría ofensas y burlas debido a su nombre.
3. Sentencia del Juez Especializado Civil de Villa María del Triunfo
Este caso permitió el cambio de nombre de un menor llamado Hitler debido a las connotaciones negativas y ofensivas asociadas con el nombre.
C. Motivos Injustificados para la Modificación del Nombre
No todos los motivos son válidos para cambiar el nombre. Según Borda (1996), no son suficientes los motivos sentimentales o familiares, el abandono del padre fallecido, o la costumbre de usar un nombre distinto. Por ejemplo, en el Expediente N°342-03-N/C, se rechazó la petición de un padre para cambiar el nombre de su hijo por el de un luchador de boxeo.
IV. Problemas Legales que Podría Ocasionar el Cambio de Nombre

A. Homonimia
El cambio de nombre puede causar confusión si una persona intenta adoptar un nombre similar al de otra con relevancia social, afectando la reputación de la persona original.
B. Mala Fe
Cambiar el nombre con fines de beneficio propio, como para integrarse en una herencia sin adopción formal, constituye un abuso de derecho.
C. Obstrucción de Deberes
Alguien podría cambiar su nombre para evitar a sus acreedores o una sentencia judicial, aunque la ley es clara en que el cambio de nombre no altera la condición civil de la persona.
V. Cuestiones Procesales
A. Acción de Modificación del Nombre
La vía procesal para modificar el nombre es de carácter no contencioso y se regula bajo las normas del Código Procesal Civil. Requiere la publicidad del pedido para que terceros puedan accionar si se ven afectados.
B. Requisitos para Iniciar el Proceso
1. Documentación Necesaria
- Demanda de cambio de nombre.
- Copia de DNI.
- Acta de Nacimiento.
- Antecedentes penales, policiales y judiciales.
- Argumentos que justifiquen el cambio de nombre.
- Tasa judicial.
C. Publicación del Pedido
Una vez estimada la demanda, se debe publicar la solicitud en el diario oficial El Peruano y en un diario de mayor circulación del domicilio del demandante.
VI. Acción de Reclamación, Usurpación e Impugnación del Nombre
A. Acción de Reclamación
Esta acción procede cuando se cuestiona, desconoce, niega o impide el uso del nombre de una persona. La prueba puede ser cualquier medio que acredite esta negación y la sentencia busca que la afectación cese, además de una posible indemnización.
B. Acción de Usurpación
Se inicia contra quien utiliza ilegítimamente el nombre de otra persona. La prueba debe demostrar el uso indebido y la sentencia busca cesar el uso y una indemnización.
C. Acción de Impugnación
Busca impedir que la modificación del nombre cause daños a terceros. Procede contra cambios que generen perjuicio, y la prueba debe acreditar el daño causado.
VII. Asesoría Legal
El estudio jurídico ofrece asesoría legal en procesos de modificación y adición del nombre, así como en acciones de reclamación, usurpación e impugnación del nombre.
VIII. Conclusión
El proceso de cambio de nombre en Perú es riguroso y requiere motivos justificados para su aprobación. Es fundamental contar con una asesoría legal adecuada para navegar los aspectos procesales y garantizar que el cambio de nombre no afecte derechos de terceros ni se realice con mala fe.
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Bibliografía
- Borda, G. (1996). Manual de derecho civil: parte general. Buenos Aires: Perrot.
- Cárdenas, R. (2008). El nombre como derecho de las personas (y no de sus padres) y otras consideraciones en torno al mismo. En Libro homenaje a Felipe Osterling Parodi (tomo I). Lima: Palestra.
- Casación 1532-2017, Lima.
- Expediente N°00001-2012-0-2301-JP-CI-01.
- Expediente N°00006-2012-0-3001-JR-CI-01.
- Rubio, M. (1992). El ser humano como persona natural. Lima: editorial PUCP.
- Sessarego, C. (2016). Derecho de las personas. Lima: Instituto Pacífico.
- Varsi, E. (2014). Tratado de derecho de las personas. Lima: Gaceta Jurídica.